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Protocolo ante la detección de armas en el ámbito educativo
Procedimiento del Ministerio de Educación ante la sospecha fundada o la detección de armas de fuego, blancas o impropias en escuelas de gestión estatal y privada.
El procedimiento establece cómo actuar ante la sospecha fundada o la detección de armas en los establecimientos de gestión estatal y privada dependientes o supervisados por el Ministerio de Educación de la Ciudad. Su finalidad es resguardar la integridad física y psicosocial de toda la comunidad educativa.
Definiciones
- Armas de fuego: dispositivos que disparan proyectiles con energía explosiva, como pistolas, revólveres, escopetas, fusiles o armas caseras.
- Armas blancas: objetos cortantes o punzantes, como cuchillos o navajas.
- Armas impropias: objetos que no fueron diseñados como armas pero se usan para amenazar, agredir o intimidar, como palos, cadenas, vidrios, herramientas, tijeras, compases o trinchetas.
Hay sospecha fundada cuando una denuncia verbal, escrita o digital, o un indicio, se sustenta en hechos, comportamientos o indicios concretos y verificables.
Acciones iniciales
- Preservar la seguridad de la comunidad educativa, evitando situaciones de alerta y pánico.
- No intervenir físicamente, no requisar a la persona ni intentar quitarle el arma.
- Separar preventivamente a la persona, si la situación lo permite, sin violencia y sin exponerla.
- Ante un arma de fuego, llamar siempre al 911, haya o no una amenaza activa, y esperar la llegada policial. Solo las fuerzas de seguridad pueden manipular y retirar armas de fuego.
- Con armas blancas o impropias se prioriza el abordaje institucional. Las fuerzas de seguridad se convocan solo ante una amenaza concreta o un riesgo inminente. En talleres y ofertas donde se usan herramientas como parte de la clase, se evalúa el contexto.
Si se trata de una o un estudiante
- Llevarla o llevarlo a un espacio privado junto a una persona adulta de la institución, preferentemente de su confianza.
- Convocar de inmediato a la persona adulta responsable. Si se presume que es quien vulnera derechos, consultar al CDNNyA (línea 102).
- La mochila u objeto sospechoso lo abre la persona adulta responsable, en presencia de la conducción.
- Activar el procedimiento de actuación conjunta con el CDNNyA (Resolución Conjunta 1/24).
Después de la intervención
- Comunicar la situación a la Supervisión Escolar, confeccionar los partes y alertas y dejar constancia en el Libro de Actas.
- Solicitar la intervención del equipo técnico del nivel y la modalidad.
- Denunciar ante la autoridad judicial cuando los hechos configuren un delito de acción pública o involucren a personas mayores de edad.
- Trabajar lo ocurrido con el grupo y con las familias, resguardando siempre la identidad de la o el estudiante.
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