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CAMYP — Unión Argentina de Maestras/os y Profesoras/es
Información Útil3 min de lectura

Antigüedad Docente

Cómo se computa la antigüedad total, en el área, calificada y la bonificación por permanencia, con sus topes de puntaje. Incluye el circuito de reclamo por pago de antigüedad.

Los componentes del puntaje se consideran al 31 de marzo del año en curso. Para el cómputo de la antigüedad docente se acreditan los servicios prestados como titular, interina/o o suplente, en establecimientos oficiales o incorporados a la enseñanza oficial (Art. 13, Reglamentación inc. e).

Antigüedad total

Es la antigüedad que se computa por el desempeño docente en cualquier área de cualquier jurisdicción, estatal o privada reconocida oficialmente: 0,10 por año (365 días).

Antigüedad en el área

Es la antigüedad que se computa por el desempeño docente solo en las escuelas oficiales de gestión pública del GCBA (0,45 por año) y en la enseñanza privada incorporada a la oficial (Art. 17, ex Art. 17 bis).

La suma de ambas se computa hasta los 9 puntos. Si bien en los listados se sigue sumando la antigüedad, no se computa cuando excede ese tope.

Antigüedad para el ingreso

Se tienen en cuenta los años completos (de 365 días) trabajados, continuos o discontinuos, dentro de los últimos 5 anteriores y correlativos al 31 de marzo del año del concurso. Este puntaje adicional es válido únicamente para el concurso de ingreso: al ingresar, ese puntaje se suprime.

A partir de 2023 se bonifica con 5 puntos para el concurso de ingreso a aquellas/os docentes que acrediten 4 años en la asignatura o cargo del escalafón del área para el que concursan. La formación específica universitaria conjuntamente con la D.G. Escuela de Maestros otorga 5 puntos (Art. 16 C II c).

Antigüedad calificada

Es la que se otorga por desempeñarse en un cargo de conducción. Se computa 0,25 por año en el cargo titular y 0,50 por el desempeño en cargos superiores como suplente o interina/o (Art. 28 A b3). Tope del rubro: 6 puntos.

Bonificación por permanencia (solo titulares)

La bonificación se otorga al tercer año consecutivo de ejercicio en el cargo y a los cinco años ininterrumpidos.

  • En cargos de base: 0,25 por año, computados al tercer año con 0,75 y a los cinco con 1 punto.
  • En cargos de ascenso: 0,50 por año, computados al tercer año con 1,50 y a los cinco años con 2 puntos (Decreto 313-2024, Art. 16).

Tope del rubro: 6 puntos.

Reclamo por pago de antigüedad

Se realiza únicamente por vía jerárquica, en la escuela donde la/el docente desempeña su función, mediante nota dirigida a DGPDYND indicando:

  • Motivo: cómputo de antigüedad.
  • Datos de la/del docente: nombre, apellido y número de CUIL.

Según corresponda, se adjunta:

  • Formulario de solicitud de percepción de bonificación por antigüedad completo y nota de la/del docente.
  • Último recibo de haberes.
  • Constancia de prestación de servicios actualizada.
  • Constancia de escuelas privadas, legalizada por la DGEGP.
  • Constancia de escuelas de otras provincias, legalizada por el Ministerio del Interior.
  • Constancia de prestación de servicios previos a transferencias, extendida por el Ministerio de Educación de la Nación.
  • Constancia de prestación de servicio de facultades.
  • Si se reincorpora como docente, último recibo de haberes percibido con anterioridad y el actual.
  • Formulario T.

En caso de corresponder, el retroactivo será abonado a la fecha de emisión de la nota de reclamo. Ante dudas sobre tu antigüedad, escribí a jubilaciones.antiguedades@bue.edu.ar.